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Los farmacéuticos de algunas provincias españolas, de acuerdo con el nuevo Código Deontológico de la profesión farmacéutica, están presentando el siguiente escrito en sus Colegios profesionales correspondientes: Al Colegio Oficial de Farmacéuticos La denominada tiene como finalidad evitar la implantación del óvulo fecundado resultante de la realización de un acto sexual que se considera que ha podido ser fértil (por no utilizar anticonceptivo, por rotura de preservativo, etc.) La eliminación de un embrión, aunque se encuentra en fase muy temprana de su desarrollo, puede suscitar graves conflictos morales en aquellas personas que intervienen en el proceso de asesoramiento, prescripción o dispensación de los métodos postcoitales. Éste es el caso de los farmacéuticos de Oficina de Farmacia, ya que nos podemos ver obligados a dispensar estos preparados hormonales. La vía lógica para proteger nuestra conciencia ante tal situación es el reconocimiento de la objeción de conciencia de los farmacéuticos a dispensar la . Por ello, informo al Colegio Oficial de Farmacéuticos correspondiente que objeto en conciencia a la dispensación de la y solicito que se disponga de los medios necesarios para que se respete mi conciencia, en virtud de lo dispuesto en el punto 33 del Código de Ética Farmacéutica y Deontología de la Profesión Farmacéutica, aprobado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, que establece lo siguiente: . (Fecha y firma) Una vez presentado este escrito en el Colegio de Farmacéuticos correspondiente, deberá enviarse una copia sellada al Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (calle Villanueva, 11. 28001 Madrid). Fuente: Provida Press, número 76 |