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La Congregación para la Doctrina de la Fe, después de madura reflexión, informa VIS, por mandato del Sumo Pontífice, cumpliendo la propia tarea de tutelar la fe y la moral en la vida de la Iglesia, se encuentra en la necesidad de proceder según cuanto afirma el canon 1347, párrafo 1 del Código de Derecho Canónico (C.I.C), con el fin de poner a los fieles al reparo del grave daño provocado por el comportamiento reciente de monseñor Emmanuel Milingo, arzobispo emérito de Lusaka. La Congregación para la Doctrina de la Fe: - Tomando acto de los graves y públicos comportamientos y afirmaciones del prelado, respecto a la presunta 'unión matrimonial' con la señora coreana Maria Sung; a su adhesión a la secta del reverendo Sung Myung Moon del nombre Family Federation for World Peace and Unification y a su ruptura de la comunión con el Sucesor de Pedro y el Colegio de Obispos: - Constatada la imposibilidad de comunicar con el arzobispo Milingo, para invitarlo a reflexionar sobre las graves consecuencias de su comportamiento y de sus acciones, y a reparar el escándalo y a reconsiderar su actitud; - Intima al arzobispo Milingo, según la norma del citado canon 1347, párrafo 1 del C.I.C la siguiente admonición canónica pública a: a) separarse de la señora Maria Sung. b) romper todo lazo con la secta Family Federation for World Peace and Unification. c) declarar públicamente su fidelidad a la doctrina y a la praxis eclesiástica del celibato y a manifestar su obediencia al Sumo Pontíficecon un gesto claro e inequívoco. En el caso de que dicha admonición no vaya seguida, antes del 20 de agosto, de un acto formal de ejecución por parte del arzobispo Milingo, de cuanto se le pide más arriba, se procederá a la imposición de la excomunión reservada a la Sede Apostólica. La Iglesia, aunque por el bien de los fieles debe proceder a un acto tan doloroso, no cesa sin embargo de elevar al Señor, Buen Pastor, oraciones para el deseado regreso del prelado al abrazo del Padre común |