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Según las informaciones de la prensa, el Grupo parlamentario Socialistas del Parlamento de Navarra pretende que el Parlamento de Navarra apruebe una moción a favor del pluralismo religioso y cultural en el que vivimos. El escrito dirigido a la mesa del Parlamento de Navarra está firmado por el diputado señor Carlos Cristóbal. En él pretende que el Parlamento investigue las extrañas circunstancias que rodean a los profesores de Religión.
Estas extrañas circunstancias consistirán en la total discrecionalidad con que el Arzobispado nombraría a los profesores de Religión, que luego son pagados a cargo de los presupuestos generales de Navarra, sin que el Gobierno de Navarra ejerza ningún control sobre el nombramiento de estos profesores, ni sobre los materiales didácticos que utilizan y los contenidos que enseñan. Me temo que el señor diputado ha sido víctima de una información poco exacta y bastante interesada. Aquí le ofrezco algunas informaciones aclaratorias por si le sirven para su actuación en el Parlamento. |
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El estatuto jurídico de los profesores de Religión está regulado básicamente por un Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede firmado el 3 de enero de 1979, que, aprobado por el Parlamento español y debidamente ratificado, entró en vigor, con rango de ley orgánica, el 4 de diciembre de 1979, y publicado en el BOE el día 15 del mismo mes. Lo que se hace en Navarra es ni más ni menos que el cumplimiento de una ley que obliga en todo el ámbito del Estado español. Supongo que los fervores democráticos del señor Cristóbal no le permitirán despreciar esta legislación.
Según las disposiciones vigentes, los profesores de Religión católica en los centros públicos no son nombrados por el Arzobispado sino por el Gobierno Foral. Tal como está previsto en el art IIIº del citado Acuerdo, el Arzobispado, para cada año escolar, propone unas personas juzgadas idóneas y, de entre ellas, la autoridad académica hace cada año los nombramientos correspondientes. Estos compromisos del Estado español concuerdan perfectamente con lo dispuesto en la Constitución española: Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (art. 27.3). Este precepto de la Consitución está desarrollado y aplicado en la Disposición adicional IIº de la LOGSE y en el Real Decreto del 16 de diciembre de 1994, promulgado por el Gobierno del Partido Socialista. Todo esto no es sino consecuencia del reconocimiento democrático de la libertad religiosa. El Estado, no confesional, se siente obligado a reconocer y garantizar el derecho de los ciudadanos a profesar la fe religiosa que quieran y a ofrecerles una enseñanza para sus hijos en todo conforme con sus propias convicciones religiosas. No se trata de ningún privilegio concedido a la Iglesia católica, sino del reconocimiento efectivo del derecho a la libertad religiosa que tienen todos los ciudadanos, también los católicos, y que el Estado tiene que reconocer y apoyar si quiere ser un Estado democrático. |
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LIBERTAD, NO JOSEFINISMO
El Departamento de Enseñanza del Gobierno Foral, además de hacer los nombramientos, controla el cumplimiento de todos los requisitos legales necesarios. El Servicio de Inspección de la Administración planifica según las necesidades de los Centros, en función de la matrícula, prepara y controla los contratos, la titulación de los profesores, así como la programación y actividades de los profesores en los centros. La esencia misma del respeto a la libertad religiosa de los ciudadanos católicos exige que el Gobierno respete los contenidos de esta enseñanza religiosa que tiene que ser conforme a las creencias de los ciudadanos católicos, tal como son propuestas por las instancias competentes de la Iglesia católica. ¿O es que el señor Cristóbal pretende que sean las autoridades civiles las que nos digan a los católicos lo que tenemos que creer y hacer? Eso sería un josefinismo demasiado anacrónico y muy poco democrático. El reconocimiento sincero de la libertad religiosa de los ciudadanos es el mejor antídoto contra las tentaciones intervencionistas de los Gobiernos y partidos políticos. Cuando un Gobierno o partido político comienza a poner dificultades a las Iglesias para actuar libremente se puede comenzar a temer por la autenticidad y plenitud de la democracia. La inscripción de los alumnos se hace estrictamente a petición de los padres o de los mismos alumnos, con absoluto respeto a la libertad de conciencia. Si el Parlamente de Navarra quiere cumplir exactamente la legalidad vigente tendrá que investigar por qué en algunos centros peculiares de Navarra no se admite la enseñanza de la Religión católica, o se disminuye arbitrariamente el número de horas legislado, o se ponen dificultades al libre ejercicio del derecho de los padres de los alumnos. Este Arzobispado se vería muy contento de que la Inspección educativa garantizara la posibilidad de que en todos los centros públicos y concertados de Navarra los alumnos católicos pudieran tener la enseñanza religiosa que les corresponde. Para terminar diré también que si, en la actualidad, hay alguien que padece discriminación, ésos son los alumnos católicos que quieren enseñanza religiosa. Y esto como consecuencia de un decreto de la Administración socialista. Tampoco estará de más afirmar que, si un día hay ciudadanos navarros que profesen otras religiones, la Iglesia católica apoyará su derecho a recibir una enseñanza conforme a sus creencias. Es de agradecer que los diputados socialistas se preocupen por la enseñanza religiosa de los jóvenes navarros, católicos y no católicos. En eso podremos ponernos de acuerdo fácilmente, a favor de la libertad y de la cultura religiosa y democrática de nuestra juventud. + Fernando Sebastián Aguilar |