RetrocesoA&ONº 249/1-III-2001SumarioDesde la feContinuar
Un nuevo planteamiento para la solución de un problema pendiente
Educación cívica, moral y religiosa
En la actualidad todos los centros educativos de Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato están obligados a ofrecer clase de Religión. Los alumnos no están obligados a acudir a esa clase. Unos la escogen, otros no (por decisión propia o de sus padres, según el caso). A quienes van a clase de Religión se les evalúa su rendimiento en ella, aunque la calificación correspondiente no se tiene en cuenta ni para el acceso a la Universidad ni para la obtención de becas. Quienes no optan por ir a clase de Religión están obligados a realizar unas actividades o cursar unas enseñanzas que se dicen alternativas a la Religión, pero su rendimiento en ellas no se evalúa.

Estas medidas (de 1990 y 1994), todavía vigentes, constituyen, en una consideración pedagógica, un verdadero sinsentido. Con tales normas, tanto los alumnos que van a clase de Religión como los que, por no ir a esa clase, tienen que realizar obligatoriamente actividades alternativas, resultan de hecho discriminados. No sólo resulta claramente perjudicada la clase de Religión, sino que se produce un grave despilfarro de recursos materiales, de tiempo, de energías docentes y, sobre todo —esto es lo más grave—, de posibilidades de formación para los alumnos, a los que se les imponen unas alternativas absolutamente devaluadas.

Quienes dictaron esas normas, todavía vigentes, hubieran preferido suprimir, lisa y llanamente, la enseñanza escolar de la Religión. La mantuvieron, obligados por unos Acuerdos, y en particular por el suscrito sobre esta materia entre el Estado español y la Santa Sede. Se explica así que lo hicieran en los términos menos favorables a esa enseñanza. Pero tampoco se puede negar que la presente situación echa sus raíces en el mal planteamiento que supone el mero hecho de hablar de alternativas a la Religión, planteamiento que parecen compartir tanto los partidarios como los adversarios de la enseñanza religiosa escolar.

Según el viejo presupuesto actual, lo único que hay que hacer es regular la enseñanza de la Religión en condiciones equiparables a las materias fundamentales (así lo exige el Acuerdo con la Santa Sede) y, como esto no quedaría asegurado si frente a la clase de Religión las alternativas fueran el recreo o la salida del centro o el retraso en la llegada a éste, se establecen otras enseñanzas que son precisamente eso y solamente eso: alternativas a la Religión. Ahora bien: si unas determinadas actividades o enseñanzas aparecen identificadas y justificadas simplemente como alternativas a la de la Religión, resulta muy difícil no concluir que tales enseñanzas no figurarían en los planes de estudio si no hubiera que establecer la de Religión. A semejantes enseñanzas no cabría, pues, atribuir otro sentido que el de ser, justamente, mero acompañamiento de la enseñanza de la Religión, mero relleno del hueco académico que se produciría sin ellas cuando haya alumnos que no optan por aquélla. Así las cosas, resulta inevitable que algunos concluyan: Ya es bastante que a unos alumnos se les imponga una carga lectiva sólo porque otros tengan derecho a recibir enseñanzas de Religión, como para que, encima, se les imponga la exigencia de someterse a evaluación... ¿Cómo responder a ese razonamiento?

Hay que empezar por plantear la cuestión de otro modo. ¿Cómo? Veamos. Hay unas dimensiones en la persona que deben ser objeto de atención educativa específica (la dimensión cívica, la moral, la transcendente para quienes la afirman); y es básico asimismo, en el conjunto de saberes que han de adquirir los alumnos, el conocimiento del hecho religioso en sus manifestaciones y repercusiones de todo tipo. Para esa formación son necesarias unas enseñanzas que habría que implantar, en todo caso, precisamente por su valor formativo autónomo, no como mera alternativa a la enseñanza religiosa confesional (y, por lo mismo, aun cuando ésta no hubiera de ser objeto de oferta en todos los centros, en virtud de determinados acuerdos suscritos por el Estado). Esas enseñanzas formarían parte de un mismo bloque (o área) y se impartirían, de acuerdo con la libre elección de los propios alumnos (o de sus padres, según el caso), desde una perspectiva confesional o no confesional. En este nuevo planteamiento, no habría ninguna enseñanza o materia que no tuviera su razón de ser en su propio valor formativo autónomo; no podría considerarse en modo alguno una carga sin sentido para los alumnos el que hayan de seguir unas enseñanzas que, cualquiera sea la perspectiva bajo la que, según su opción, se les impartan, son necesarias, en todo caso, para su formación integral; no habría, por tanto, enseñanzas que fueran simplemente alternativas de otra (salvo que se entiendan como mutuamente alternativas todas las de ese bloque); y, además, al mismo tiempo, se daría adecuado cumplimiento a los compromisos del Estado español en la materia. En este nuevo planteamiento no se devalúa la enseñanza religiosa escolar, sino que se reconoce y subraya la importancia de todas aquellas a las que nos referimos, así como la necesidad de dispensar a todas el mismo tratamiento académico.

Es preciso dar cuanto antes a ese conjunto de enseñanzas una adecuada regulación si se quiere remediar el vacío, cada día más preocupante, que hoy presenta nuestro sistema educativo en cuanto a formación cívica y moral. En la nueva perspectiva en la que ahora hemos de situarnos resulta claro que de lo que se trata es de hacer efectivamente posible el ejercicio pleno de unos derechos ciudadanos (Constitución Española 27. 2 y 3) y de atender a unas necesidades educativas fundamentales. El nuevo planteamiento que aquí se sugiere permitiría también, ciertamente, encontrar la fórmula de más amplia aceptación para dar cumplimiento a un expreso compromiso electoral del partido que en la presente legislatura sustenta al Gobierno. En efecto, en su último programa electoral el indicado partido reconoce: La formación integral de los alumnos requiere la transmisión de los valores éticos y cívicos, y de su fundamentación, en los que se basa la convivencia democrática. Y a continuación contrae un muy concreto compromiso: Para transmitir esos valores se organizarán unas enseñanzas que se impartirán a todos los alumnos bajo una perspectiva confesional o aconfesional, según la opción libremente elegida por los padres.

Afortunadamente, desde cada uno de los sectores que hasta ahora han mantenido enfrentadas posiciones respecto de la clase de Religión, hay ya quienes convergen hacia el nuevo planteamiento expuesto. En él es preciso que nos situemos todos si queremos despojarnos de viejos prejuicios y complejos. Pero, en todo caso, para establecer nuevas normas en esta materia, de acuerdo con el nuevo planteamiento (¿acaso cabría otro?) y con la propuesta electoral antes dicha —que dispone ya de un respaldo democrático indiscutible—, no cabe por ahora esperar a que llegue, porque no va a llegar, un buen momento, si por buen momento se entiende aquel en el que esas nuevas normas puedan verse unánimemente aplaudidas... Y no parece que deban demorarse sine die cuando tantas razones hay para adoptarlas ya.

Teófilo González Vila