RetrocesoA&ONº 249/1-III-2001SumarioEl Día del SeñorContinuar
Esto ha dicho el Concilio
Declara el sagrado Concilio que los niños y los adolescentes tienen derecho a que se les estimule a apreciar con recta conciencia los valores morales y a prestarles su adhesión personal, y también a que se les incite a conocer y amar más a Dios. Ruega, pues, encarecidamente a todos los que gobiernan a los pueblos o están al frente de la educación que procuren que nunca se prive a la juventud de este sagrado derecho.

Puesto que los padres han dado la vida a los hijos, tienen la gravísima obligación de educar a la prole, y, por tanto, hay que reconocerlos como los primeros y principales educadores de sus hijos. Este deber de la educación familiar es de tanta trascendencia, que, cuando falta, difícilmente puede suplirse.

El deber de la educación, que compete en primer lugar a la familia, requiere la colaboración de toda la sociedad.Además, pues, de los derechos de los padres y de aquellos a quienes éstos les confían una parte de la educación, ciertas obligaciones y derechos corresponden también a la sociedad civil, en cuanto a ella compete el ordenar cuanto se requiere para el bien común temporal.

Finalmente, y por singular motivo, el deber de la educación corresponde a la Iglesia, no sólo porque ha de ser reconocida también como sociedad humana capaz de educar, sino, sobre todo, porque tiene el deber de anunciar a todos los hombres el camino de la salvación, de comunicar a los creyentes la vida de Cristo y de ayudarles con precaución constante para que puedan alcanzar la plenitud de esta vida. La Iglesia, como Madre, está obligada a dar a sus hijos una educación que llene toda su vida del espíritu de Cristo, y al mismo tiempo ayuda a todos los pueblos a promover la perfección cabal de la persona humana, incluso para el bien de la sociedad terrestre y para configurar más humanamente la edificación del mundo.

Declaración Gravissimum educationis, 1 y 3