RetrocesoA&ONº 280/8-XI-2001SumarioEn portadaContinuar
¿Qué es la política familiar?
Don Víctor Manuel Garrido de Palma acaba de presentar en el Colegio de Notarios
de Madrid el libro Derecho de Familia, ediciones Civitas. Tomo I.
Es coordinador de los dos tomos del Libro: Instituciones de derecho privado.
Tomo IV: Familia. Volumen 1º.
Ofrecemos, por su interés, su presentación del libro:
Frente a la concepción tradicional de la familia con subordinación de la mujer al varón y diversidad funcional, hay que partir del matrimonio de iguales: los cónyuges son iguales en derechos y en deberes; el padre y la madre tienen los mismos derechos e idénticas responsabilidades respecto a los hijos. Frente a las manifestaciones propias de una cultura individualista en las relaciones humanas: el simple enamoramiento como sentimiento de atracción hacia otra persona y la maternidad-paternidad en solitario, el núcleo esencial de la concepción comunitarista reside en el compromiso moral y jurídico de fidelidad en el matrimonio, y en la exigencia de la familia de dos padres para la adecuada formación de los hijos.

El fortalecimiento del matrimonio sugiere su reconocimiento como una opción social preferente: hay que dejar de considerarlo como una opción privada más, y verlo como lo que es: un compromiso público, un ideal moral y una institución social; de ahí la necesidad, ante todo, de tener claro el puesto que ocupa en el entramado social, y a la vez de analizar los efectos generales del matrimonio; por ejemplo, el cálculo del coste público de los fracasos matrimoniales, la política fiscal que debe no penalizar, sino ayudar a fortalecer el matrimonio y los hijos, así como la legislación del divorcio y sus posibles reformas, y, desde luego, las repercusiones económicas y sociales de las ayudas y protección públicas a las parejas no casadas y a la relación entre padre-madre soltero e hijos, en comparación con la atención que se presta al matrimonio con hijos y a las familias numerosas. El fortalecimiento del matrimonio exige poner de manifiesto que la fidelidad al compromiso matrimonial es la única garantía para el amor duradero entre los cónyuges y su proyecto de vida en común.

Cuanto más tiempo se lleva casado, más interdependientes se hacen las vidas, y el daño de una separación legal es también mayor. Esto supone contemplar al divorcio como algo que pertenece a la patología matrimonial. Lo apuntado lleva a que, por ejemplo, el cumplimiento de la obligación alimenticia, la institución de la patria potestad, la de la tutela, la adopción…, hayan de ser contemplados con visión profunda, de alcance. Aspectos como los de la empresa familiar y la vivienda familiar merecen atención específica.

Si lo expuesto se repasa y se reposa, pienso que rotundamente descartaremos la pretensión —llena de inocencia ignorante en más de uno— de que se permita el matrimonio a los homosexuales (Holanda tiene mucho que imitar, mas no es ejemplar en cuestiones de moral).

Los componentes de las familias han de actuar con responsabilidad y coherencia: hemos de percatarnos de que la familia que actúa cohesionadamente constituye una unidad de decisión fundamental en lo económico y en lo social.

La actividad en el hogar atiende a menores, discapaces, hijos sin trabajo en muchos casos, a los ancianos. Ésta es una familia que funciona, porque cumple con las funciones que la sociedad le demanda; es una familia saludable, dice el sociólogo don José Pérez Adán. La actividad en el hogar es modelo que se proyecta al exterior: cuando a Mar Raventós —Presidenta del Grupo Codorniu— le preguntan: "¿Cómo hace para dirigir la empresa familiar?", responde: "Aplicar lo que en el hogar hago y aprendo; éste es la mejor escuela de negocios, porque el hogar se hace día a día".

Invirtamos en la familia: que los poderes públicos se percaten, crean en ella y, consecuentes, programen una política familiar eficaz, firme y clara: no da lo mismo, no es lo mismo, la familia funcional que una unión de hecho quebradiza sin más, ni que una estructura integrada por mujer soltera, con hijos y con subvención pública.

Víctor Manuel Garrido de Palma